De Florencia Astori a insultos contra judíos: ¿en qué casos los ataques en redes sociales llegan a la Justicia?

10/Jul/2023

El País, Suplemento Que Pasa- por Mariangel Solomita 

El País, Suplemento Que Pasa- por Mariangel Solomita 

Nunca hubo tantos delitos contra el honor e incitación al odio. Dos condenas recientes abren la discusión acerca de si se necesita aggiornar la normativa al impacto de las redes sociales, una de ellas referida a ataques antisemitas en las redes en ocasión de la final de la Liga Uruguaya de Básquetbol entre Hebraica y Macabi y Nacional. Crédito foto: Estefanía Leal.

Los delitos contra el honor están atravesando un momento ambiguo. Nunca hubo tantos, ni su difusión había sido tan masiva. Según algunos abogados “el sistema está funcionando” para investigarlos cuando son denunciados, pero otros creen que el incentivo para hacerlo está “alicaído” y recomiendan a sus clientes ni siquiera intentarlo. Es tan amplio el espectro, que entre otros operadores judiciales tampoco hay un consenso sobre de qué forma debe llevarse a cabo su persecución penal, ni la civil, ni si habría que recrudecer las penas.

Lo cierto es que la mudanza de estas conductas —que antiguamente solían estar enmarcadas en los medios de comunicación tradicionales— a la inmensidad oceánica de las redes sociales vienen generando en la sociedad una sensación de impunidad frente al volumen de publicaciones que podrían dañar el honor y la dignidad de una persona, así como la reputación de una empresa, o —más radical aún— incitar al odio, desprecio y violencia de una o más personas. Pero, ya veremos, no vale todo en las redes.

En los últimos meses, dos sentencias se convirtieron en importantes antecedentes para marcar límites. Una terminó con un abogado preso por incitar el odio y difamar a 16 mujeres legisladoras y periodistas. La otra estableció un régimen de libertad a prueba para un joven de 18 años que había realizado distintos posteos antisemitas durante las finales del Campeonato Uruguayo de Basquetbol. Para los más optimistas estas condenas son útiles para generar “jurisprudencia” en los casos similares que lleguen, en un futuro, a la Justicia.

Y luego hay otras victorias individuales, más o menos públicas, como la de Florencia Astori, que tras soportar agravios en los que se aseguraba que su padre —Danilo Astori— le había “comprado un museo” para que lo gestionara, decidió enfrentar a cada uno de los comentaristas explicándoles que estaban incurriendo en un delito de mentira difamatoria. “Busqué que esas personas desmintieran lo que estaban afirmando, o que borraran la publicación”, cuenta. En general, las respuestas que recibió a cambio fueron de agradecimiento por la aclaración. Dice: “Muchos repetían esto sin saber de dónde lo habían sacado”.

En dos oportunidades, ante la negativa de diálogo y la reiteración de los posteos, presentó una denuncia ante el departamento de Delitos Informáticos del Ministerio del Interior, que finalmente derivó en un pedido de disculpas por parte de los usuarios señalados.

“A mí me costó dos años de recibir agresiones y de pensar si valía la pena hacer algo o dejarlas en esa nebulosa de lo que queda dicho. No era justo, y además no está bueno que desde el anonimato se generen relatos falsos que terminen generando una lógica de la violencia desde lo oculto: la idea de que detrás de una computadora puedo hacerte un daño bárbaro y nadie va a hacer nada”, reflexiona.

Los tuits del odio.

El caso llegó al despacho, en Young, de la fiscal Cecilia Legnani de parte de la Dirección de Investigaciones de la Policía Nacional. El informe identificaba a un joven de 18 años como autor de distintas publicaciones y comentarios antisemitas en su cuenta de Twitter, durante las finales del Campeonato de Basquetbol en las que se enfrentaron Nacional con Hebraica Macabi.

“Lo cito al imputado, con su abogado, para escuchar su versión y él reconoce que es su cuenta”, dice la fiscal. “Eso es importante. Si lo hubiera negado, caíamos en una de las complicaciones habituales que trancan estas investigaciones, porque por más que pidamos información de un usuario a las redes, si no es un delito de Estado, de terrorismo o gravísimo, directamente no tramitan la información”, aclara. Es por eso que muchos defensores les recomiendan a sus representados que reconozcan que es su nombre pero nieguen que esa cuenta sea suya, dice Legnani: “Han adquirido conocimiento”, se lamenta la fiscal.

La primera evidencia era un tuit que mostraba una imagen de Hitler levantando el brazo derecho, junto a este texto: “Los bolsos que estamos mirando el partido”. “Él dice que es fanático de Nacional y eso lo llevó a poner esa publicación pero que no tiene nada contra el pueblo judío, y luego para defenderse dice ‘usted no vio lo que me respondieron a mí’, y entonces pedí una ampliación del informe y ahí aparecieron muchísimas publicaciones más”, relata la fiscal.

El 22 de mayo, a las 23:34, posteó: “A estos los hacemos jabones donde nos ganen hijos de puta”. La publicación tuvo 303 visualizaciones. Otro usuario le respondió: “Ahí va el bolso por el callejón, matando judíos para hacer jabón”; y otro: “Está fría la noche, tiren un judío al horno”. Al día siguiente, a las 12:12 del mediodía, el imputado publicó: “Muchachos, se metió un hincha de Hebraica a mi casa, qué hago?”, junto a una foto de una camiseta de Nacional y una barra de jabón encima. Este tuit tuvo 8.493 vistas. Dos minutos después, retrucó: “Tengo el horno abierto ya”. Otros 19 minutos más tarde, otro posteo: “No pienso gastar gas en esa porquería que encima está carísimo, de eso se encargan los alemanes”.

“Lo que él quería era pedir perdón, pero le expliqué que configuraba un delito de incitación al odio, que era un daño a un colectivo y eso no me habilitaba a hacer un acuerdo reparatorio con un pedido de disculpas”, dice Legnani. La condena fue de seis meses de libertad a prueba, bajo supervisión permanente de la Oficina de Supervisión de Libertad Asistida; cierre de fronteras; presentación una vez por semana en la seccional; prestar servicios comunitarios; realizar un tratamiento psicológico contra la violencia y un pedido de disculpas en redes sociales que el joven publicó apenas culminó la audiencia.

“En su momento no dimensioné lo importante que podía ser esta condena, pero me han llamado muchas personas a raíz del fallo”, cuenta la fiscal.

¿Una pérdida de tiempo?

Hay que hacer un corte grueso en el elenco de delitos contra el honor que forman parte del Código Penal de 1934. Por un lado, está el de la incitación al odio, desprecio y violencia contra una o más personas por el color de su piel, su raza, religión, origen nacional o étnico, orientación sexual o identidad sexual, cuya redacción fue actualizada en 2003 y “que protege a la paz pública”, señala la abogada Laura Robatto. Y por otro lado están los de difamación e injurias, “que atacan al honor de un individuo” y según como lo vea el defensor, es ampliable al ámbito corporativo de una empresa, porque hay empresas que también están pendientes de las publicaciones que las afectan y actúan en consecuencia: en especial las instituciones de salud.

El primer escenario tiene fama de “más grave”, y esto suele generar que el pedido de disculpas del imputado no alcance para reparar el daño, mientras que en el peor extremo de la condena se prevé una pena de tres a 18 meses de prisión. En el segundo caso, la norma estipula una pena de cárcel —cuatro meses de prisión a tres años de penitenciaría— o un resarcimiento económico —de 80 a 800 unidades reajustables— pero en la práctica se suele recurrir a que el imputado se disculpe con la víctima. Y listo.

El asunto es que para que una denuncia por difamación e injurias prospere hay que probar que el denunciado “tiene el ánimo de difamar” y esto se da de bruces nada menos que contra la libertad de expresión. “¿Hasta dónde llega el límite de la libertad de expresión y el del derecho al honor? Cuando doy clases digo que el derecho al honor está muy alicaído, podés decir cosas muy fuertes de alguien y ampararte en la libertad de expresión”, opina Robatto.

En la misma línea está el abogado Andrés Ojeda, quien por su vinculación con el Partido Colorado recibe abundantes consultas del sector político, sea para denunciar una difamación como para defenderse de una denuncia. “La persecución de los delitos de opinión termina cayendo por el propio volumen, y luego está la capacidad de Fiscalía para perseguirlos. Si cada difamación, injuria o incitación al odio va a ser perseguida, tendríamos que tener 500 fiscales destinados a esto”, plantea Ojeda.

Los recursos de la Fiscalía, una vez más, son un freno. Aun así, según un relevamiento entre fiscales de flagrancia realizado para este informe, la mayoría afirmó que estas denuncias se tratan aunque se priorizan las que son “más graves”. A su vez, si hubiera alguna amenaza de muerte, exposición de menores o agresión sexual suelen derivarse a otra sede especializada.

Insultos por temas deportivos o políticos; “chusmeríos de barrio”; peleas domésticas; comentarios contra empresas; difamación de personas púbicas suelen ser las denuncias más comunes. “Trato de que se concilien las partes de una forma amigable y que la cosa no avance, porque a veces esto puede empezar en redes sociales y luego pasar al plano real”, dice un fiscal. “Pretendo que retire la publicación y que cese en esa conducta, no me interesa como primera opción formalizar la investigación, ni pedir una pena. Necesitás actuar para poner límites, pero tampoco son los casos prioritarios de mi fiscalía”, dice otra fuente.

Las bandejas de las fiscalías de Flagrancia desbordan de casos de estafas, de rapiñas, de lesiones graves. Estos son los casos a los que el fiscal Leonardo Morales les quiere hincar el diente antes que a “difamaciones que no tienen sentido de ser”. “Podrían ir a otra vía que no sea la penal”, plantea.

Se refiere a la vía civil. “El problema es que la viralización genera un daño que la Justicia hoy no sabe cuantificar y ese es el gran debe”, dice el abogado Pablo Schiavi. “¿Cuánto vale tu reputación? No alcanza con un acuerdo, una disculpa y un archivo, porque hay víctimas que no aceptan esto y cuando vamos por la demanda civil no hay jurisprudencia porque no ha habido aún un caso grande que marque un antecedente”, apunta.

Sí se logran acuerdos extrajudiciales, dice, pero cree que deberían incorporarse agravantes a los delitos si se realizan mediante redes sociales.

Otra alternativa, señalada por el abogado Marcos Pacheco, es derivar los casos menores al programa de Justicia Restaurativa de la Jefatura de Policía de Montevideo, una oficina poco conocida que se dedica a la mediación entre partes, “con el objetivo de que la intensidad del conflicto disminuya”, indica una fuente, y exhibe con orgullo una tasa de no reincidencia que supera el 90% en los casi 3.000 casos en los que ha intervenido.